C/ SANTA LAURA URBANIZACIÓN MAS GORDI LLIÇA DE VALL
Parcela edificable en superficie con leve desnivel y configurada actualmente en 4 bancales longitudinales.
Orientación este-Sur-Oeste con vistas a toda la Urbanización Mas Gordi ya que la finca está en la parte alta de la misma, lo que le confiere a la parcela el dominio de vistas más exclusivo de la urbanización, así como de todo el pueblo.
La parcela, una de las ultimas disponibles para edificar, está rodeada de construcciones de alto standing con gran calidad constructiva plenamente consolidadas.
El leve desnivel existente hacia la calle Santa María, permitiría una práctica y dinámica construcción que se podría plantear con un acceso directo a planta garaje desde la calle y con un solo desnivel acceder a una planta dúplex que aproveche el desnivel para hacer una casa cómoda y bien orientada en sus partes principales a la privilegiada orientación que tiene.
SE DISPONE DE CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO URBANISTICO EMITIDO POR SERVEIS TÉCNICS DEL AJUNTAMENT DE LLIÇA DE VALL EN FECHA 8-2-23 POR LA CUAL SE ACREDITA FEHACIENTEMENTE LA POSIBILIDAD DE EDIFICAR UNA SOLA VIVIENDA UNIFAMILIAR DE 311 M2 CONSTRUIDOS + 67 M2 DE EDIFICACIÓN AUXILIAR
En conformidad con el Plan la finca se encuentra situada en la zona solo urbano, y esta cualificada
como ZONA DE CIUDAD JARDÍN (CLAVE 3) SUBZONA 3D.
Según el planeamiento el suelo en que está situada la finca está clasificado como SUELO de CATEGORÍA URBANO CONSOLIDADO.
El grado de urbanización del solar es el siguiente:
- Servicios existentes: acceso rodado, abastecimiento y saneamiento de agua, suministro de energía eléctrica, alumbrado público y encintado de aceras.
Las condiciones de edificación son las siguientes:
Según el artículo 118 del Plan General de Ordenación municipal, los parámetros reguladores de esta subzona son:
1. La parcela mínima se establece en 800 metros cuadrados.
2. La fachada mínima de la parcela en la calle es de 18 metros.
3. El porcentaje máximo de ocupación es del 20%, con un máximo de 225 metros cuadrados.
4. El coeficiente de edificabilidad neta es de 0,3 metros cuadrados de techo por metro cuadrado de suelo.
5. El coeficiente de edificabilidad complementaria es de 0,065 metros cuadrados de techo por metro cuadrado de suelo con un máximo de 90 metros cuadrados.
6. El espacio libre agrupado será como mínimo del 35% de la superficie de la parcela.
7. La altura de la edificación será como máximo de planta baja y una planta piso.
8. El perímetro regulador de la edificación se separará 10 metros de la alineación de la calle y 5 metros del resto de límites.
9. Los usos correspondientes a esta subzona serán los previstos por la subzona 3c.
Los parámetros de la ordenación según edificación aislada están definidos en los artículos comprendidos entre el 71 y el 78, 114 del Plan General. Según el artículo 114.4, del Plan General.4.
En su virtud, a todos los efectos es admitido en todas las subzonas el uso de vivienda unifamiliar aislada.
La finca dispone agua corriente por suministro municipal canalizado, asi como sistema de desagüe canalizado por cloacas públicas.
Actualmente está dedicada a uso privativo de frutales para consumo propio, estando equipada con un depósito de agua y una caseta de obra como bodega familiar con espacio para guardar aperos de cultivo.
IBI ANUAL: 355,16 € anual
AGUAS: 31,82€ TRIMESTRAL
La PARCELA ESTA LIBRE DE TODA CARGA URBANISTICA O REGISTRAL QUE LIMITE SU APROVECHAMIENTO
El tipo de vivienda más característico, así el 62%, es el de viviendas unifamiliares de 90 m2 a + de 121 m2 útiles
Tipo de propiedad | Terreno |
Tamaño de la parcela | 1.039m2 |
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